Marco Normativo: Violencia como Problemática a nivel Nacional.
La violencia
de género en Ecuador, constituye una seria infracción a los derechos humanos de
las mujeres. Donde este problema se
evidencia con intensidad, impactando principalmente a mujeres, niñas, niños y
adolescentes, y exigiendo una solución completa desde el ámbito legal y
social. A continuación, se expone un
resumen de leyes, reglamentos y normas actuales que rigen y aspiran a eliminar
este tipo de violencia, desde una perspectiva feminista y de derechos humanos.
Constitución de la República del Ecuador (2008).
El artículo
66, numeral 3, de la Constitución reconoce el derecho de los individuos a una
vida sin violencia, tanto en el contexto público como privado. Adicionalmente, decreta la paridad entre
hombres y mujeres (Art. 11, numeral 2) y fomenta acciones de acción afirmativa
para erradicar la discriminación fundamentada en el género. (Del Ecuador,
2008).
Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra
las Mujeres (LOIPEVCM, 2018)
Esta normativa
instaura un sistema nacional completo para prevenir y eliminar la violencia hacia
las mujeres. Identifica diversas formas de violencia (tanto física,
psicológica, sexual, patrimonial, simbólica, política, gineco-obstétrica, entre
otras) y fomenta la asistencia, protección y reparación integral de las
víctimas. (Saud et al. 2024).
Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia (Ley 103)
Esta
legislación, aprobada en 1995, representó una de las primeras normativas
concretas para sancionar la violencia en el hogar en el país. Aunque la
LOIPEVCM ha impuesto en gran parte sus reglas en ciertos procesos,
especialmente en el ámbito judicial. (Ecuador, 1997).
Código Orgánico Integral Penal (COIP, 2014).
Desde el punto
de vista COPI, 2013, menciona que clasifica varias formas de violencia hacia la
mujer o los miembros de la familia como delitos (Artículos 155 a 158). Establece acciones preventivas,
procedimientos judiciales especializados y sanciones directas para los
responsables. (Penal, 2014)
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar La
Convención de Belém do Pará sobre Violencia contra la Mujer (1994).
El Estado
ecuatoriano ha ratificado un acuerdo internacional que reconoce el derecho de
toda mujer a una vida libre de violencia y establece obligaciones estatales
para su prevención, sanción y supresión. (Convención
Interamericana para prevenir la violencia contra la mujer, 2005)
Políticas Públicas y Organismos de Apoyo.
Ministerio de
la Mujer y Derechos Humanos: Organiza programas a nivel nacional para eliminar
la violencia y proporciona líneas de asistencia para las víctimas.
Defensoría
Pública del Ecuador: Ofrece asistencia legal gratuita en situaciones de
violencia doméstica.
Ministerio de
Educación: Ejecuta programas de prevención de violencia en ambientes educativos
y fomenta la educación basada en la equidad.

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